Procuraduría vigilará precios ‘desmedidos y exorbitantes’ de medicamentos.

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El jefe del Ministerio Público advirtió que “no admitirá que Colombia sea el país que más dinero pague por algunos medicamentos”.

El Procurador General de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, advirtió que la Entidad “no admitirá que Colombia sea el país que más dinero pague por algunos medicamentos, ni el enriquecimiento aleve de la cadena de sus fabricantes, distribuidores y comercializadores a través de un negocio estructurado sobre la base de precios desmedidos y exorbitantes”.

En carta enviada al ministro de Salud y Protección Social, Alejandro Gaviria Uribe, el jefe del Ministerio Público respaldó las medidas tomadas por esta cartera para el control del precio de los medicamentos, decisión que impacta positiva y directamente los derechos fundamentales a la vida, la salud y la dignidad humana.

En este sentido, el órgano de control solicitó al Ministerio un informe detallado sobre:

Los sobrecostos estimados por concepto de recobros de medicamentos al Fosyga en el periodo 2005-2009.
La participación de los medicamentos en el gasto en salud en el periodo 2005-2017.
Listado de medicamentos con precio regulado como resultado del control de precios de medicamentos con corte a diciembre de 2017 detallando precio anterior y precio regulado y el ahorro estimado en el periodo.
Medicamentos respecto de los cuales se adelanta trámite de control de precio.
Listado de los 100 primeros medicamentos que se recobran a la Administradora de Recursos del Sistema General de Seguridad Social (ADRES) en el periodo 2014 – 2017.
El Procurador General sostuvo que desde la actuación preventiva del Ministerio Público se emprenderán acciones con el fin de “(…) fortalecer y consolidar la política pública de control de precios de medicamentos, en defensa de los derechos fundamentales y de los recursos públicos destinados para atender de manera responsable y eficiente la salud de los colombianos”.

Finalmente, Carrillo Flórez enfatizó en la necesidad de que la legítima actividad industrial y comercial privada, esté articulada armónicamente con el interés general que prevalece en materia de protección social, y especialmente en el sistema de salud.

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