Débil control ambiental por parte de CODECHOCÓ: Crece actividad minera ilegal en municipios del Chocó.

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Hay municipios como Río Quito con más de 200 entables mineros, cuando allí solo se han expedido 4 títulos mineros.
A la deficiente labor de vigilancia de parte de CODECHOCÓ, se suman los Alcaldes Municipales, que no suspenden las explotaciones ilegales.
La actividad minera ilegal en el departamento del Chocó está generando severos impactos ambientales: contaminación indiscriminada de las fuentes hídricas, deforestación de los suelos, sedimentación de los cauces de los río destrucción de la flora y fauna silvestre y desaparición de la pesca artesanal.
En el municipio de Cantón de San Pablo se reportan 121 casos de personas que resultaron positivos con mercurio en sus cuerpos.

La minería ilegal sigue haciendo presencia en el departamento del Chocó sin mayores controles, con graves afectaciones ambientales y notorias deficiencias en la actividad sancionatoria que ejerce la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó- CODECHOCÓ, determinó una auditoría que realizó a esta entidad la Contraloría General de la República.

Los auditores recogieron información en 9 de los 30 municipios de este departamento: Quibdó, Río Quito, Cantón de San Pablo, Tadó, Unión Panamericana, Lloró, Nóvita y Rio Iró), respecto a las tareas de monitoreo, control y seguimiento ambiental a las actividades mineras en la vigencia 2016.

Los municipios citados reportan la presencia de actividad minera en sus territorios, desarrollada por 377 entables mineros equipados con 63 retroexcavadoras, 172 dragas de succión, 48 dragones y 276 motobombas, los cuales desarrollan explotaciones mineras sin los respectivos permisos ambientales.

Para el caso del municipio de Quibdó se reporta presencia de actividad minera. Aunque no existe censo o inventario minero, este municipio cuenta con 34 títulos mineros vigentes.

El municipio de Rio Quito cuenta con 200 entables mineros y sólo se han expedido 4 títulos mineros en dicho municipio.

Otro caso es el municipio de Unión Panamericana, que cuenta con 119 entables mineros y allí sólo se ha expedido 1 título minero.

Los casos puntuales encontrados en cada uno de estos municipios se aprecian en detalle en un cuadro adjunto al final de este comunicado.

La Contraloría determinó que, aparte de la deficiente labor de vigilancia de CODECHOCÓ, hay incumplimiento del artículo 306 de la Ley 685 de 2001 (Código de Minas) por parte de los Alcaldes municipales, debido a que estos mandatarios no proceden a suspender la explotación de minerales sin título inscrito en el Registro Minero Nacional que se desarrolla en su territorio, pese a ser un hecho notorio.

La situación descrita configura un hallazgo con presunta incidencia disciplinaria.

Deficiencias en el seguimiento y control ambiental
Aunque CODECHOCÓ cuenta con la facultad sancionadora, que le permite controlar y sancionar el ejercicio de la actividad minera sin autorización, se pudo establecer que para 2016 la entidad traía un acumulado de 78 Procesos Administrativos Sancionatorios Mineros los cuales no tuvieron actuación alguna durante la vigencia auditada.

De igual manera, se determinó que en la misma vigencia la Corporación sólo dio apertura a 3 procesos, de los cuales 2 en el municipio de Atrato y 1 en el Municipio de Acandí.

Además, CODECHOCÓ sólo desarrolló 14 visitas de control en todo el departamento del Chocó, situación que muestra deficiencias en el seguimiento y control ambiental de la entidad frente a la problemática minera.

La explotación minera ilegal en el departamento del Chocó ha generado una contaminación indiscriminada de las fuentes hídricas por sólidos suspendidos y sustancia toxicas (mercurio o cianuro), contaminación y deforestación de los suelos o terrenos de los municipios; sedimentación de los cauces de los ríos; y destrucción de la flora y fauna silvestre.

También se evidencia degradación de los ecosistemas y vertimiento de combustible fósiles al suelo y fuentes hídricas; y proliferación de enfermedades (Malaria, Dengue) por apertura de pozos de agua que posibilitan el desarrollo de vectores; etc.

Para el caso específico del municipio de Cantón de San Pablo se reportan 121 casos de personas que resultaron positivos con mercurio en sus cuerpos con diferentes grados de concentración.

Responsabilidad de CODECHOCÓ y otras entidades públicas
El 10 de noviembre de 2016, la Sala Sexta de Revisión de la Corte Constitucional profirió la Sentencia T-622 de 2016, mediante la cual declaró la existencia de una grave vulneración de los derechos fundamentales a la vida, a la salud, al agua, a la seguridad alimentaria, al medio ambiente sano, a la cultura y al territorio de las comunidades étnicas que habitan la cuenca del río Atrato y sus afluentes como el rio San Pablo.

Según la sentencia, la situación mencionada es imputable a las entidades del Estado colombiano, por su conducta omisiva al no proveer una respuesta institucional idónea, articulada, coordinada y efectiva para enfrentar los múltiples problemas históricos, socioculturales, ambientales y humanitarios que aquejan a la región y que en los últimos años se han visto agravados por la realización de actividades intensivas de minería ilegal.

Entre esas entidades se encuentra precisamente la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó – CODECHOCÓ.

En la misma providencia se mencionan estudios recientes realizados por la WWF Colombia y la Universidad de Cartagena (Grupo de Toxicología) sobre 80 habitantes de Quibdó para determinar la presencia de metales pesados en la población, donde se encontró que en dos casos el porcentaje de mercurio en la sangre es de 116 partes por millón.

A lo anterior se agrega que hace falta practicar ese mismo tipo de estudios en las comunidades negras que habitan las cuencas de los ríos Bebará y Bebaramá (en territorio de Cocomacia) y en el río Neguá, todos afluentes del Atrato.

Los reportes entregados a la Contraloría General de la República por 9 municipios del departamento del Chocó sobre actividad minera ilegal en sus territorios, muestran la siguiente situación (Abrir Archivo Adjunto):

Otras situaciones de especial interés en el Chocó, que se observaron en la auditoría realizada a CODECHOCÓ son:
Daños al patrimonio público por $1.518 millones

La falta de gestión de cobro por parte de la Corporación de CODECHOCÓ sobre la sobretasa ambiental que recaudan los municipios de Quibdó y Cértegui, conllevó a que estos entes territoriales se apropien de recursos que deben destinarse a la protección del medio ambiente en cuantía de $1.333 millones.

Además, en acuerdos de pago suscritos por CODECHOCÓ con los Municipios de Condoto, Cértegui, Unión Panamericana, Nóvita, Carmen del Darién, Sipí, Litoral del San Juan, Carmen de Atrato, San José del Palmar y Cantón de San Pablo, se efectuó condonación de intereses de mora, lo cual está expresamente prohibido por cuanto sobre rentas de carácter impositivo no se pueden efectuar conciliaciones o exoneraciones, lo que conllevó a un presunto detrimento patrimonial en cuantía de más de $184 millones.

Situación crítica en Residuos Peligrosos y Domiciliarios

En el Barrio Palenque Sector la Paz, en el Municipio de Quibdó, se estableció que fueron depositados residuos sólidos peligrosos hospitalarios como son jeringas y medicamentos vencidos los cuales están generando riesgo de afectación a la salud pública de los habitantes del sector especialmente a los niños quienes según la comunidad están manipulando dichos residuos, además de la afectación al medio ambiente.

Igualmente, en los sitios de disposición final de los municipios de Cantón de San Pablo, Unión Panamericana y Tadó, se observó que estos sitios operan como botadero a cielo abierto incumpliendo los criterios y lineamientos técnicos, como son: falta de sistemas de impermeabilización, sistema de recolección, concentración y venteo de gases, sistema de recolección y tratamiento de lixiviado, canales perimetrales para el manejo de aguas lluvias, obras complementarias etc.

Se observó además, que en el botadero del municipio de Tadó se están realizando actividades de recubrimiento y compactación sin la instalación de chimeneas para la evacuación de gases, lo cual genera acumulación de gases en las capas inferiores, todo esto conllevando a un manejo de alto riesgo a la salud pública y al medio ambiente de las basuras.

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