Desidia mortal en Riosucio: El puentón se convierte en trampa letal por negligencia del gobierno municipal.

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En un desarrollo alarmante para la seguridad pública en Riosucio, Chocó, el Puentón, una estructura otrora emblemática y fuente de orgullo comunitario, se ha convertido en una amenaza mortal para sus habitantes debido a la negligencia de la administración municipal. El 6 de agosto, Celinda Morales, conocida afectuosamente como “La Mella”, se convirtió en la más reciente víctima de un accidente en esta deteriorada infraestructura.

Construido inicialmente con el apoyo de la Cruz Roja Colombiana y Holandesa, la Comisión Europea de Ayuda Humanitaria (Echo), y la Alcaldía local, el Puentón fue diseñado para mejorar la movilidad y seguridad en la región. Sin embargo, tras varias intervenciones, hoy refleja un estado de abandono que pone en riesgo la vida de los ciudadanos.

La administración actual, encabezada por el alcalde Juan Moreno Mena, ha sido objeto de fuertes críticas por su inacción ante los claros peligros que presenta el Puentón. A pesar de promesas de mejoras durante los primeros cien días de gobierno, la comunidad sigue esperando acciones concretas que garanticen su seguridad.

El trágico accidente de “La Mella” subraya la gravedad de la situación y la necesidad urgente de intervención. La población de Riosucio, ya acostumbrada a lidiar con inundaciones y adversidades fluviales, enfrenta ahora un riesgo adicional creado por la desidia administrativa. Con más de 9 mil millones de pesos en recursos del predial disponibles, surge la pregunta ineludible sobre por qué la seguridad del Puentón no es una prioridad para el alcalde.

Desde nuestro sistema informativo, instamos a las autoridades competentes y a los entes de control a tomar medidas inmediatas. La vida y la seguridad de los riosuceños están en juego, y es crucial que se implementen soluciones efectivas para evitar más accidentes en esta estructura que ha pasado de ser un símbolo de progreso a un recordatorio de negligencia y peligro.
Es que en Riosucio Chocó, la movilidad en la zona más inundable se da a través de un puente elevado en palafitos, conocido como el puentón.

En los últimos meses está estructura en lugar de facilitar la movilidad de más del 60% de los habitantes de la cabecera municipal, se ha convertido en un verdadero desafío y un riesgo para la integridad de personas de todas las edades; por el avanzado estado de deterioro que se evidencia en diferentes sectores y tramos del puentón.

Es que a pesar de las limitaciones económicas, pero motivados por el peligro que representa caminar por esta estructura peatonal, varios vecinos se han visto obligados a invertir recursos tanto en material como en mano de obra, para intentar garantizar una movilidad segura.

Pero y entonces qué pasó con los dineros del predial afro en Riosucio?

Describir a plenitud las dificultades y temores que produce la necesidad de movilidad para miles de familias de la cabecera municipal de Riosucio, es más fácil vivirlo que explicarlo.
Es que cada individuo experimenta circunstancias particulares: Los niños que por su agilidad y destreza parecieran ser menos vulnerables, sufren debido a las caídas porque la diversión que les motiva a correr por la averiada estructura, en medio de su inocencia e imaginación no siempre se percatan que el riesgo crece. Mujeres embarazadas, personas de la tercera edad o en condición de discapacidad, viven su propio drama, con una esperanza que disminuye por la negligencia administrativa.

Es que mientras al mandatario local se muestra ajeno a esta problemática, cada día se reportan accidentes que dejan lesiones de consideración y una huella de decidía e indolencia de un gobierno local que prometió cumplirle a los riosuceños, “con seriedad”.

Con pleno conocimiento de esta situación, no se entiende la falta de respuestas por parte del alcalde Juan Moreno, quien apenas ha mediado de julio pasado, recibió más de 9 mil millones de pesos de libre inversión, provenientes de las transferencias por el impuesto predial unificado de los consejos comunitarios y resguardos indígenas.

“Yo voté en contra de un gobierno corrupto y avaro. Vote por Chico porque demostraba ser diferente, un hombre de palabra y buen administrador. Ahora mi temor es que esa seriedad y cumplimiento pareciera que solo aplica para un pequeño sector que se están llenando los bolsillos y el pueblo no avanza” expresó uno vecinos de uno de los tramos deteriorados del puentón en el barrio Benjamín. Quién ha de más argumento “Tenemos que dejar un precedente, Conrad robó con la pandemia, dejó el municipio endeudado y este señor ahora nos gobierna a paso de tortugas y con maltrato, revocatoria del mandato ya” concluyó.

La manera ortodoxa de gobernar de Juan Moreno Mena, podría terminar por dilapidar la vida social y política del municipio de Riosucio frente a sus similares, la gobernación y demás entidades del gobierno, pues en este escenario de relaciones y aliados Moreno, se ha demostrado incapaz de intentar mejorar la imagen del municipio, tras la huella de su antecesor que promovió un liderazgo de incumplimientos y falta de seriedad. De hecho, en los más de 7 meses de gobierno, Juan Moreno ha desestimado propuestas u ofrecimiento de respaldo de reconocidos líderes de Riosucio y otros lugares.

Se desconoce las razones del caparazón administrativo del alcalde Moreno, se presume síntomas de paranoias o desconfianzas, pero hay quienes van más allá y es que el mandatario local solo le interesa negociar o contratar con malos conocidos solo con el fin de garantizar jugosas rodajas del pastel.

En el ámbito Jurídico 

En la demanda el accidente en la cual se lesionó la humanidad de la señora CELINDA MORALES, conocida cariñosamente como “La Mella” quien cayó la estructura del puente peatonal ubicado en un sector del municipio de Riosucio,  hecho que es totalmente imputable a la administración municipal por la falla del servicio a que dio lugar: i) el descuido en las obras de mantenimiento del puente peatonal, ii) la falta de señalización y protección de seguridad que indicará el peligro existente en la estructura debido al mal estado y iii) la falta de medidas de seguridad para prevenir o evitar la circulación de personas a dicha estructura, que se convierte en una trampa mortal para sus usuarios, por no contar con otro medio para su derecho a la libre locomoción.

Al respecto de que es una falla en el servicio, que genera una responsabilidad extracontractual del Estado, el Consejo de Estado ha precisado lo siguiente:

RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO – Régimen de responsabilidad aplicable / REGIMEN APLICABLE – Falla del servicio / FALLA DEL SERVICIO – Trasgresión de las obligaciones que se encuentran a cargo del Estado La Sala, de tiempo atrás, ha dicho que la falla del servicio ha sido en nuestro derecho y continúa siendo el título jurídico de imputación por excelencia para desencadenar la obligación indemnizatoria del Estado; en efecto, si al juez administrativo le compete una labor de control de la acción administrativa del Estado y si la falla tiene el contenido final del incumplimiento de una obligación a su cargo, no hay duda que es ella el mecanismo más idóneo para asentar la responsabilidad patrimonial de naturaleza extracontractual.

También ha sostenido que el mandato que impone la Carta Política en el artículo 2 inciso 2, consistente en que las autoridades de la República (para este caso la administración municipal de Riosucio Chocó) tienen el deber de proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades “debe entenderse dentro de lo que normalmente se le puede exigir a la administración en el cumplimiento de sus obligaciones o dentro de lo que razonablemente se espera que hubiese sido su actuación o intervención acorde con las circunstancias tales como disposición del personal, medios a su alcance, capacidad de maniobra etc., para atender eficazmente la prestación del servicio que en un momento dado se requiera”, así, las obligaciones que están a cargo del Estado –y por lo tanto la falla del servicio que constituye su trasgresión–, han de mirarse en concreto frente al caso particular que se juzga, teniendo en consideración las circunstancias que rodearon la producción del daño que se reclama, su mayor o menor previsibilidad y los medios de que disponían las autoridades para contrarrestarlo. Se le exige al Estado la utilización adecuada de todos los medios de que está provisto, en orden a cumplir el cometido constitucional en el caso concreto; si el daño se produce por su incuria en el empleo de tales medios, surgirá su obligación resarcitoria; por el contrario, si el daño ocurre pese a su diligencia no podrá quedar comprometida su responsabilidad.

Resulta pertinente acotar en que, de conformidad con reiterada jurisprudencia del Consejo de Estado, si para el momento del accidente, el referido puente no contaba con señalización alguna de peligro y/o precaución, los daños causados a cualquier transeúnte, son de reproche para el ejecutivo municipal, Por tanto, concluye este humilde servidor, que en el caso concreto dicha omisión del deber de efectuar la señalización mínima de la zona constituye una evidente falla del servicio. Ahora bien, la Administración tenía un deber de efectuar las reparaciones del multicitado puente o puenton, lo cual incluye arreglar los baches que en éste se encontraban, de conformidad con la obligación impuesta a ella de asegurar el mantenimiento de las vías (vehiculares y peatonales) con el fin de que dicha estas pudieran funcionar adecuadamente y que no constituyera un peligro para todo aquel que las transitaran.

Acá vuelve y juega esa carga que le impone la Constitución Política de Colombia a los alcaldes, en sus artículos 2, 24 y 315; pero los alcaldes de este paraíso, brillan mas por sus guayaberas, que por su don de servicio, y ni que decir del Concejo municipal y la personería, son unos serviles del burgomaestre.

En conclusión, el daño que pueda haber sufrido la accidentada, es atribuible su responsabilidad a la administración municipal, mediante acción de reparación ante la Jurisdicción Contenciosa Administrativa

Somos Notiriosucio, llámanos o escríbenos al 3218365504.

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