En cumplimiento de la sentencia C- 862 del 12 de Octubre de 2012, el 29 de abril de 2013 el presidente de la república sanciona la ley estatutaria 1622 (ESTATUTO DE CIUDADANÍA JUVENIL) que en uno de sus apartes reza “cada ente territorial municipal, distrital y local deberá existir una plataforma, la cual será conformada por un número plural de procesos y prácticas organizativas, así como por espacios de participación de las y los jóvenes”
Cuatro años después en Riosucio el 17 y 18 de mayo en la parroquia nuestra señora del Carmen y Con la participación de Colombia Joven, ADNUR, la administración municipal, la personería, Organizaciones étnicas territoriales (ODT) y organizaciones y prácticas juveniles del municipio fue creada la plataforma de la juventud, a este proceso se suma la disposición de la administración municipal del terreno con escritura pública para la construcción de la casa de la juventud con recursos de la ADNUR.