CONSEJO DE ESTADO ORDENA AL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL CHOCÓ REVISAR FALLO SOBRE VOTOS POR SUPUESTA TRASHUMANCIA EN TADÓ.

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La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso y Administrativo del Consejo de Estado, decidió la impugnación presentada por la accionante contra la sentencia de 20 de enero de 2022, dictada por la Sección Primera del Consejo de Estado dentro de la acción de tutela en la que se declaró improcedente por no cumplir el presupuesto de la relevancia constitucional.

La Sección Cuarta del Consejo de Estado dejó sin efecto, la sentencia del 29 de abril de 2021, proferida por el Tribunal Administrativo del Chocó, en el marco del medio de control de nulidad electoral promovido por la Procuraduría 186 Judicial I para Asuntos Administrativos de Quibdó contra el acto de elección del señor Cristian Copete Mosquera, como alcalde del municipio de Tadó, para el periodo 2020-2023 y en su lugar, los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia de la Procuraduría 186 Judicial I para Asuntos Administrativos de Quibdó.

En consecuencia, ordenó al Tribunal Administrativo del Chocó que dentro de los veinte (20) días siguientes a la notificación de la providencia, profiera otra decisión de reemplazo en el proceso de nulidad electoral; pero esta vez anulando no cinco votos como lo había hecho, si no 40, que permite que la doctora Yocira, suba de una vez a la alcaldía.

Los magistrados que firman la sentencia son: Julio Roberto Piza Rodríguez, Milton Chaves García, Stella Jeannette Carvajal Basto y Myriam Stella Gutiérrez Argüello

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