Por petición de la Procuraduría juez ordenó el reintegro laboral de ciudadano de especial protección en Unión Panamericana, Chocó.

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La Procuraduría General de la Nación logró el amparo de los derechos fundamentales del jefe de presupuesto de la alcaldía de Unión Panamericana, Chocó, un funcionario de libre nombramiento y remoción, quien fue declarado insubsistente pese a que su empleador conocía su condición especial de salud.

El Juzgado Penal del Circuito de Istmina ordenó a la alcaldía el reintegro laboral del ciudadano, en un término de 48 horas, a su cargo o a otro de igual o superior jerarquía, conforme a lo previsto en la Ley 361 de 1997, por tratarse de un “sujeto de especial protección con afectaciones de salud”, para garantizar la continuidad de la atención médica para su tratamiento, y de esta manera proteger el goce de sus derechos fundamentales.

El juez confirmó en su integridad la sentencia de primera instancia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Unión Panamericana, que tuteló los derechos a la dignidad humana, la vida, la salud, la igualdad y la estabilidad laboral reforzada, invocados por la Procuraduría en la solicitud de tutela.

El juez señaló que por la crisis sanitaria por el covid-19 que vive el país, el Consejo Superior de la Judicatura dispuso, a través del acuerdo PCSJA20 11526 del 20 de marzo, el trámite de asuntos urgentes como tutelas para el restablecimiento de derechos fundamentales, y en este caso ante el requisito de impostergabilidad adoptó un fallo de fondo, debido a la urgencia y gravedad que afecta la vida de un ciudadano de especial protección.

El Ministerio Público solicitó el amparo teniendo en cuenta que el ciudadano es un adulto mayor, las condiciones de su enfermedad y el hecho de que se encontraba incapacitado para trabajar al momento de ser declarado insubsistente.