La Corte Constitucional, en fallo de tutela, dejó sin efecto el pago de 6.200 millones de pesos que habían reconocido el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó y el Tribunal Administrativo del Chocó.
La decisión se había tomado al resolver una demanda de reparación directa por la muerte de Juan Andrés Palacios Asprilla, de 15 años, quien se encontraba con medida de internamiento preventivo en el Centro Transitorio para Adolescentes del ICBF en Quibdó.
Los 6.200 millones de pesos se habían aprobado como indemnización a 54 demandantes, entre quienes estaban sus padres, hermanos y otros familiares y amigos.. La Corte Constitucional aceptó los argumentos del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
La alta corporación falló en el sentido de que tanto el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó como el Tribunal Administrativo del Chocó vulneraron los derechos fundamentales del ICBF al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, reconocieron a ciertas personas como víctimas, sin que se hubiera acreditado adecuadamente tal calidad, reconocieron montos indemnizatorios superiores a los previstos, incurrieron en un defecto fáctico por indebida valoración probatoria en el reconocimiento y tasación de los perjuicios morales, descartaron los argumentos presentados en el recurso de apelación sin un análisis probatorio suficiente.
Reiteró la necesidad de valorar las pruebas en conjunto conforme a las reglas de la sana crítica y compulsó copias de esta tutela al Consejo Superior de la Judicatura y a la Fiscalía General de la Nación, para que dentro de sus competencias adelanten las medidas que consideren pertinentes.
La Corte Constitucional ordenó al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó tomar una nueva decisión en un plazo de treinta días, teniendo en cuenta este fallo de tutela y el hecho de que el ICBF ya ha pagado la suma de cuatro mil millones de pesos.
Vía: Chocó 7 Días