Abrió investigación contra funcionarios de Chocó, Nariño y Valle del Cauca
· Se dio traslado de los hallazgos a la Fiscalía y a la Contraloría
La Procuraduría General de la Nación solicitó al gobernador del Chocó, Jhoany Carlos Alberto Palacios y al secretario de Salud, Carlos Tirso Murillo Hurtado, suspender la ejecución del convenio de asociación suscrito entre el Departamento y Fundechocó, para el cuidado de la salud de la población de esta región, el cual es financiado con recursos de regalías por valor de $8.632.477.320.
La petición del Ministerio Público se da en desarrollo de la investigación disciplinaria que se adelanta por presuntas irregularidades en la inversión de recursos de regalías, en el proyecto aprobado por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión (OCAD) región Pacífico, que, al parecer, podrían vulnerar el ordenamiento jurídico y afectar el patrimonio público.
La investigación cobija al gobernador del Chocó, Jhoany Carlos Alberto Palacios; al subdirector general territorial del Departamento Nacional de Planeación, Diego Rafael Dorado Hernández; al director (E) del Departamento Administrativo de Planeación del Valle del Cauca, Álvaro Jiménez García; al alcalde de Colón-Génova, Nariño, Miguel Eloy Miller; al alcalde de Tadó (Chocó), Arismendy Agustín García Mosquera; y al secretario de Salud del mismo departamento, Carlos Tirso Murillo Hurtado.
El objeto del convenio es aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros para la implementación de la estrategia ‘Seres de cuidado’, armonizada con formación intercultural como aporte al cuidado de la salud de las personas, familias y comunidades indígenas del departamento del Chocó, con recursos del Sistema General de Regalías”.
Se investiga la presunta transgresión del presupuesto aprobado para el proyecto con cargo a los recursos del Sistema General de Regalías, sin la aprobación de vigencias futuras, entre otros.
Además, el Ministerio Público busca establecer si se habría omitido solicitar el pronunciamiento técnico al Ministerio de Salud, la posible falta de evaluación de los contratistas y la correcta evaluación sobre la pertinencia del proyecto de inversión.
Ante los hallazgos el Ministerio Público ordenó compulsar copias a la Fiscalía General de la Nación, la Contraloría General de la República y otras entidades, para lo de sus competencias.
Recomendación de suspender
Encontró la Procuraduría que, por ejemplo, no se evidencian en los documentos aportados por la entidad ejecutora, la demostración de idoneidad ni la identificación de las 23.843 personas descritas como población objeto del convenio, como lo establece el Conpes Social 100 de 2006.
Frente al respaldo presupuestal del proyecto, tampoco se evidenció la autorización de vigencias futuras por parte del OCAD, toda vez que el convenio tiene un plazo de ejecución superior a dos años.
El ente de control observó un mayor valor contratado frente a lo aprobado por el OCAD, por cuanto a la fecha este corresponde a $9.300.321.740, mientras en el Convenio de Asociación 003 del 23 de abril de 2019 aparece aprobado por $8.632.477.320 y el Contrato de Consultoría por $667.844.420.
De otra parte, se encontró que el proyecto presenta retraso injustificado, pues entre la fecha de suscripción del acta de inicio del 26 de julio de 2019, y el acta de suspensión #1, del 1º. de octubre de 2019, transcurrieron más de dos meses, y el avance físico de las actividades es del 0%, según lo reportado en el Sistema Gesproy y confirmado durante la visita de la Procuraduría.
Al revisar las pólizas de garantía, el Ministerio Público advirtió que no cubren el plazo total de ejecución del contrato de consultoría 002 de 2019.
Además, se determinó que dentro del proceso de selección no se habría otorgado puntaje en la evaluación de los requisitos habilitantes ni se habría cargado la información en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP), en los tiempos legalmente establecidos.
Para la Procuraduría se estaría frente a un eventual incumplimiento de la Ley 1942 del 27 de diciembre de 2018 que establece que “no podrán presentarse y aprobarse proyectos a los distintos fondos para acceder a los recursos de regalías directas del Sistema General de Regalías que tengan como objeto la realización de capacitaciones”.