Procuraduría destituyó a teniente y tres soldados profesionales por homicidio en persona protegida por el DIH.

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La Procuraduría General de la Nación sancionó con destitución e inhabilidad general por 20 años al teniente del Ejército, Ramiro Jairo Ramírez Ortega, y a tres soldados profesionales, al hallarlos responsables disciplinariamente del homicidio de una persona retenida de manera ilegal y presentada como dada de baja en combate.

Los hechos disciplinados se relacionan con el homicidio de Gabriel Valencia Ocampo, ocurrido el 5 de octubre de 2005 en la vereda El Zancudo, jurisdicción del municipio de Argelia (Antioquia), quien fue retenido de manera irregular por los militares un día antes de su muerte.

En el fallo de primera instancia el Ministerio Público estableció que la muerte de Valencia Ocampo no se produjo como consecuencia de un enfrentamiento armado, sino que fue ultimado estando bajo la custodia de los uniformados.

Para la Procuraduría los uniformados desconocieron los tratados internacionales sobre Derechos Humanos y DIH y se extralimitaron en el ejercicio de su cargo al ignorar el derecho a la vida e integridad física de la víctima, quien ostentaba la calidad de persona protegida y permaneció por varias horas bajo custodia de la patrulla militar sin ninguna explicación.

El ente de control señaló en el fallo que el comportamiento reprochable de los disciplinados obedeció a la necesidad de conseguir éxitos operacionales para obtener felicitaciones en sus hojas de vida, así como permisos y premios.

Por esos hechos la Procuraduría destituyó al entonces teniente Ramírez Ortega y a los soldados profesionales para la fecha de los hechos Wilson Andrés Bonilla Blandón, Wilson Antonio Garcés George y Lewis Américo Palacio Copete, y calificó su conducta como una falta gravísima cometida a título de dolo.

Los disciplinados pueden apelar el fallo de primera instancia.

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